¿Usas gafas para conducir? Presta atención a la nueva normativa de la DGT

gafas para conducir

¿Eres usuario de lentillas o gafas para conducir? Entonces, es probable que sepas que la DGT obligaba a llevar un par de lentes de repuesto en la guantera del coche. De esta manera, si te encontrabas con un percance, podías emplear ese segundo par. No obstante, los reglamentos de conducción evolucionan, se adaptan a los nuevos tiempos y sorprenden a los conductores. Si quieres saber más sobre las novedades en la normativa de la DGT y cómo te afecta en caso de que utilices lentillas o gafas para conducir, ¡sigue leyendo!

La nueva normativa de la DGT sobre las lentes para conducir

Con las recientes actualizaciones y la nueva normativa de la DGT sobre la ley de tráfico, ya no es obligatorio disponer de unas lentes de más, en caso de que tengas una deficiencia visual. Aun así, sigue siendo muy aconsejable llevar un par de repuesto en un lugar que te sea accesible, con el fin de garantizar tu seguridad. Por el contrario, existen sanciones cuantiosas para quien no use gafas mientras conduce, si es que tiene un problema de visión. Se incluye esta sanción en la normativa vigente, puesto que la vista es la encargada de más del 80 % de decisiones que tomamos al volante. Por lo tanto, aunque no estés obligado a llevar lentes de repuesto, si tienes alguna deficiencia visual, debes emplear unas mientras viajas, por tu seguridad y por la de tus acompañantes.

¿Debes llevar gafas para conducir si tienes poca deficiencia visual?

Con cada cambio o actualización de normativa siempre surgen incertidumbres y nuevas dudas. En este caso, una de esas cuestiones es si debes utilizar gafas para conducir, aunque tengas poca deficiencia visual. Para evitar una buena sanción, deberás usar tus lentes, pues si así lo marca tu carnet de conducir (como te explicamos abajo) y no las estás usando, podrías llevarte un disgusto. Además, ¿qué mejor que tener la seguridad de ver todas las señales y obstáculos en la calzada?

Qué pasa si no llevas gafas para conducir en caso de tener una deficiencia de la vista

No disponer de tus aparatos correctivos visuales puede ser un problema, ya que tu seguridad, la de tus acompañantes y la de otros usuarios de la vía se ve afectada. En lo que respecta a la ley, infringir esta normativa supone enfrentarte a una multa de, como mínimo, 200 euros y, en algunos casos, incluso la pérdida de puntos. De nuevo, esa cantidad es mínima, comparada con la seguridad que pierdes.

Cómo saben las autoridades que tengo que llevar gafas

Quizá pienses que, en caso de encontrarte con un control policial, puedes alegar que llevas puestas unas lentillas. No obstante, los agentes tienen herramientas para detectar si lo que les estás contando es cierto. La respuesta la buscarán en tu carnet de conducir. En dicho documento, hay varios números. El que da información sobre el estado de visión del conductor es el apartado que marca el número 12. En esta sección puedes encontrarte con nada, o bien con un código de dos o cuatro dígitos. Los que nos interesan a efectos de la nueva normativa son:

  • Código 01.01: según los exámenes médicos, deberás llevar gafas para conducir.
  • Código 01.02: significa que debes utilizar una lente o lentes de contacto.
  • Código 01.06: esta es la numeración que te permite usar tanto gafas graduadas como lentillas. Por eso, en el momento en que se te pida el carnet, deberás estar empleando una de las dos.

Vale más la pena no olvidarte de tus gafas o lentillas para conducir, en caso de que las necesites y así lo refleje tu documentación. 

Ten en cuenta que si tu graduación ha cambiado en el lapso de tiempo antes de renovar tu carnet, deberás informar a un centro médico o psicotécnico homologado por la DGT. Si fuera necesario, el centro se pondrá en contacto con el departamento de tráfico para que cambie la numeración de tu carnet.

Gafas de sol: también tienen que ser de calidad

Aunque este cambio de normativa ha afectado a las gafas graduadas, ¿qué pasa con las gafas de sol que también tienen algo de graduación? Resulta que el pasado mes de junio la DGT se pronunció sobre este tema. Pero, en este caso, habló sobre el filtro protector contra el sol. Y es que, para conducir, es más recomendable el filtro solar de nivel 3, ya que absorbe entre un 80% y 90% de rayos solares como para no dañarte los ojos. Ten en cuenta que no se recomiendan para conducir gafas de sol con filtro de nivel 4 (son usadas para alta montaña, esquí o deportes acuáticos) porque absorben hasta un 98% de rayos solares.

Por otro lado, es importante recordar que, en caso de que tengas problemas visuales, es vital tener tus gafas de sol graduadas para poder usarlas sin preocupaciones. Y, por supuesto, que sean de calidad y que estén homologadas.

gafas de sol para conducir

Consejos si necesitas lentillas o gafas para conducir

Y es que puedes disponer de un par de gafas de sol para evitar el deslumbramiento. ¡Así también protegerás tu vista! Dependiendo del defecto visual, puedes usar unas progresivas para ver bien de lejos y de cerca. Evita, en la medida de lo posible, conducir de noche, pues es cuando se ve peor. En la página web de la Dirección general de Tráfico encontrarás más recomendaciones para conductores que tienen problemas de visión. Por último, si crees que tienes algún defecto visual porque has notado cambios en tu visión, no dudes en acudir a tu Óptica Florida más cercana, pide cita ahora aquí. ¡Estaremos encantados de revisarte la vista!

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